FP Oficial + Curso de IA Generativa GRATIS (valorado en 1.190 €) ¡Me interesa!
Los funcionarios reciben dos pagas extra al año, una en verano y otra en Navidad, como reconocimiento económico adicional.
La cuantía depende del grupo funcionarial y de complementos como los trienios y el nivel de destino.
Los interinos también tienen derecho a la paga extra, pero esta será proporcional al tiempo trabajado en la administración.
La paga extra de los funcionarios figura entre los beneficios de dedicar tu carrera profesional al cuerpo funcionarial. Es más, a ella se unen otras ventajas de trabajar para la Administración Pública, como gozar de horarios envidiables, una estabilidad laboral que raramente se encuentra en otros empleos y, por supuesto, un salario atractivo.
Muchos saben que la paga extra de los funcionarios supone que estos trabajadores, que superaron un proceso de oposiciones y lograron su plaza, obtienen dos gratificaciones en forma de paga extra al año. De este modo, la paga extra de los funcionarios supone un estímulo adicional que busca reconocer los esfuerzos de los trabajadores en forma monetaria.
Pero, ¿en qué consiste exactamente, cuáles son las cuantías típicas de la paga extra y cuándo se cobra? Vamos a compartir todos los detalles sobre este asunto. ¡Adelante!
La paga extra de los funcionarios se refiere a una compensación económica adicional que se paga a los empleados públicos en España.
Esta compensación suplementaria supone así una cantidad extra de dinero que se paga una o dos veces al año, además del salario mensual normal. Así, supone una compensación adicional durante períodos específicos del año, como las vacaciones de verano o las festividades de fin de año.
El importe de la paga extra está fijado en los Presupuestos del Estado. La cantidad depende en gran medida del grupo al que estés adscrito y, por supuesto, tus complementos específicos. Unas líneas más abajo encontrarás todos los números al detalle.
No existe una fecha específica en la que se cobra la paga extra de funcionario cada año. No obstante, las dos pagas extras sí que coinciden siempre con dos períodos: el verano y la época navideña.
Así, la primera paga extra suele cobrarse típicamente entre finales de junio y principios de julio y, la segunda, durante los últimos días de diciembre.
La paga extra se cobra desde el primer momento en el que pasas a trabajar como funcionario del Estado, ya seas interino o dispongas de plaza fija. Lo más importante es resaltar que el primer pago será proporcional al número de mese que lleves en activo.
¿Los interinos tienen paga extra? Esta pregunta es muy habitual entre aquellos trabajadores que no cuentan con una plaza fija en la administración. La respuesta es rápida y sencilla, sí. Los interinos tienen derecho a recibir la paga extra.
Eso sí, la cantidad concreta irá proporcionada al número de meses que lleven trabajando en la administración.
Otro punto importante es la fiscalidad presente en las pagas extra. Este emolumento está sujeto a una retención de IRPF acorde a los ingresos con los que cuentes.
En lo que respecta a la Administración Pública, las disposiciones sobre la paga extra de los funcionarios están establecidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado y el Estatuto Básico del Empleado Público, que se pueden consultar online.
Según este último, los incrementos adicionales se calcularán en base a «una mensualidad de retribuciones básicas y la totalidad de las retribuciones complementarias». Asimismo, se especifica que estos pagos se recibirán en dos ocasiones durante el año.
En cualquier caso, podemos dar aquí algunas cifras de referencia de la paga extra en base al grupo al que pertenece:
Respecto a los complementos, estas son las cantidades del complemento de destino (expresadas en cantidades anuales, no mensuales).
Nivel 1 | 1.507,24 | Nivel 11 | 3.902,36 | Nivel 21 | 7.7773,50 |
Nivel 2 | 1.783,46 | Nivel 12 | 4.271,26 | Nivel 22 | 8.372,56 |
Nivel 3 | 2.059,96 | Nivel 13 | 4.640,16 | Nivel 23 | 8.973,16 |
Nivel 4 | 2.335,76 | Nivel 14 | 5.009,34 | Nivel 24 | 9.572,50 |
Nivel 5 | 2.612,26 | Nivel 15 | 5.377,40 | Nivel 25 | 10.172,68 |
Nivel 6 | 2.796,64 | Nivel 16 | 5.746,72 | Nivel 26 | 11.466,00 |
Nivel 7 | 2.981,02 | Nivel 17 | 6.114,64 | Nivel 27 | 13.069,00 |
Nivel 8 | 3.165,26 | Nivel 18 | 6.483,54 | Nivel 28 | 13.669,60 |
Nivel 9 | 3.350,06 | Nivel 19 | 6.852,30 | Nivel 29 | 14.269,22 |
Nivel 10 | 3.534,16 | Nivel 20 | 7.220,78 | Nivel 30 | 15.908,62 |
En vista a estos datos, es importante tener en cuenta que las pagas extras (al igual que el salario ordinario) quedan sujetas a la retención de IRPF.
Hay muchas otras ventajas que te incitarán a dar el paso y convertirte en funcionario. Junto a las pagas extra y los salarios que hemos comentado en el apartado anterior, aparecen otras razones que se convierten en una motivación para preparar las oposiciones:
Ahora que ya conoces más sobre la paga extra de funcionarios y las condiciones laborales de los trabajadores de la Administración Pública, quizás estás más cerca de dar el paso y empezar a preparar unas oposiciones.
Si es así, no estás solo/a. En CEAC te acompañamos durante tu preparación y estudio de decenas de procesos de oposición. Descubre la oferta de CEAC Oposiciones y nuestro método pedagógico para ayudar a los opositores a conseguir sus objetivos: ponte en contacto usando el formulario y da el paso hacia tu futuro.
©2025. CEAC. Todos los derechos reservados.
©2025. CEAC.Todos los derechos reservados.